Son ministros de fe encargados de los registros conservatorios de propiedad de bienes raices, de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones de enajenar de bienes raíces, de comercio, de prendas, de propiedad de aguas, de hipotecas, y de gravámenes, prohibiciones e interdicciones de enajenar de aguas.
Algunos conservadores de bienes raíces llevan los registros de descubrimiento y propiedad de minas, como también de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones de minas y el registro de accionistas de minas y demás que les encomienden las leyes.